jueves, 16 de abril de 2015

COREOGRAFIA

¿QUE ES UN ESCENARIO?
es todo especio destinido ala representacion de las artes escenicas o utilizado eventos publico(conferencias,mitines,danza,teatro,musica). 

TIPOS DE ESCENARIOS
Los diversos epocas de  espacio y tiempo an existido varios escenarios para la ejecucion de la danza,teatro y musica.


abiertos:aire libre:son aquellos que no tienen techo o tienen pero tiene vista por todos los puntos con por ejemplo: plazas,polideportivos,concha,calle.

cerrrado:son los que son cubiertos y no se puede observar por todos los puntos: teatro coliceo,carpa salon.

entre los anteriores tipos de escenarios se destacan las siguientes formas de teatros como son


Escenario Isbelino
: tienen tres frentes,esta cubierto.(figura1)











Escenario Italiano:tiene  solo un frente,esta cubierto.(figura2)




Escenario Romano
:tiene todos los frentes a la redonda, no esta cubierto algunas veces(figura3)

¿QUE ES UNA COREOGRAFIA?SON MOVIMIENTOS ORGANIZADOS Y ESTRUCTURA QUE SE REALIZAN EN UN ESPACIO.

tipos de coreografia:
individual:(monologos) ejemplo:breck dance,ballet.
grupo: solo coreografia
distributiva:la misma grupal en funcion de un bailarin principal pero vuelve al grupo ejemplo:san pedro,bambucos.
expresiva:cuando no9 hay sentimintos cuando cambian la admosfera cuando se mezclan danzas ejemplo revistas.
folclorica: es el que escribe danzas folcloricas con un significado que el pueblo le agrada.

CARACTERISTICAS DE UN COREOGRAF@:
*El que antes bailaron en academia profesional(academicos)
*coreografo formado no requiere ser bailarin.

DERECHOS DE AUTOR
Finalidad
El Registro Nacional de Derecho de Autor es un servicio gratuito sin ninguna contraprestación económica para el ciudadano que presta el Estado a través de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, entidad adscrita al Ministerio del Interior , en su sede única sin regionales ubicada en la ciudad de Bogotá, D.C., cuya finalidad es la de brindar y otorgar a los titulares de derecho de autor y derechos conexos un medio de prueba y de publicidad a sus derechos, así como a los actos y contratos que transfieran o cambien ese dominio amparado por la ley.
En relación con el registro de los actos y contratos referidos al derecho de autor, a diferencia del registro de obras, es obligatorio para predicar la validez y oponibilidad ante terceros de dichos actos (artículo 6 Ley 44 de 1993).

 Beneficios
En Colombia a partir de la Ley 23 de 1982, y con la expedición de la Decisión Andina 351 de 1993, el Registro Nacional de Derecho de Autor no es constitutivo de derechos ni obligatorio como condición de protección, pero si en cambio permite generar una seguridad jurídica tanto para los autores como para los titulares de un derecho de autor o de derechos conexos.
 Definicion de obra artística y musical
Por obra artísticas encontramos las composiciones musicales con letra o sin ella; las obras dramáticas y dramático - musicales; las obras coreográficas y las pantomimas; las obras de bellas artes, incluidos los dibujos, pinturas, esculturas, grabados y litografías; las obras de arquitectura; las obras fotográficas y las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía; las obras de arte aplicado; las ilustraciones, mapas, croquis, planos, bosquejos y las obras plásticas relativas a la geografía y la topografía.

Instrucciones para la solicitud de registro de una obra artística y musical ante la dirección nacional de derecho de autor
A. Antes de diligenciar el formulario, lea cuidadosamente las instrucciones que a continuación se presentan.
B. Con este formulario puede solicitar únicamente el registro de obras musicales, es decir las creaciones que abarcan toda clase de combinaciones de sonidos (composición - partitura) con o sin texto (letra o libreto), y de obras artísticas tales como: dibujos, pinturas, esculturas, obras fotográficas, u otras análogas, obras de arquitectura, ingeniería, mapas, croquis, obras plásticas relativas a la geografía, ingeniería, topografía, arquitectura o a las ciencias en general, y obras escénicas tales como: las teatrales, pantomímicas, coreográficas, dramáticas y dramático - musicales.
C. El formulario consta de una (1) hoja denominada "solicitud inscripción obras artísticas y musicales", la cual deberá ser diligenciada, sin enmendaduras o entrerrenglones, firmada en original y remitida junto con una copia de la obra a la entidad.
D. Procure llenar el formulario a máquina o en letra imprenta cuidando que toda la información quede lo suficientemente clara.
E. Por cada formulario diligenciar el registro de una sola obra. Utilice tantos formularios cuantas obras desee registrar. De requerir formularios adicionales puede tomarle las fotocopias que necesite, teniendo presente que éstas deben ser totalmente nítidas y legibles, conservando en su integridad la estructura del presente formato.

DATOS DEL AUTOR O AUTORES
1.1 Autor es la persona física que realiza la creación intelectual. Las personas jurídicas no son consideradas como autores por nuestra legislación. Diligenciar en las respectivas casillas "Datos del Autor o Autores", el nombre completo de cada una de las personas que intervinieron en la elaboración o creación de la obra. Si es el caso, diligenciar tantos formularios cuantos sean necesarios para incluir el nombre de todos los autores.
1.2 Seudónimo nombre empleado por un autor es vez del suyo verdadero. Si diligencia la casilla seudónimo, se debe marcar en el carácter de la obra 2.1. "Obra Seudónima" y allegar la escritura pública de la declaración del seudónimo.

 DATOS DE LA OBRA
El título consignado en el formulario debe ser idéntico al que figura en la obra.
Se tiene por año de creación la fecha en que el autor creó la obra.
Obra Inédita: La que no ha sido dada a conocer al público.
Obra Editada: Toda obra puesta al alcance del público.
Obra musical: Creación que abarca toda clase de combinaciones de sonidos (composición) con o sin texto (letra y guión).
- Género: Cada una de las distintas categorías en que se pueden ordenar las obras musicales según rasgos comunes de forma o de contenido. Así, en música, se distinguen diversos géneros musicales como por ejemplo: rock, salsa, vallenato, cumbia, etc.
- Ritmo: Modo de expresar un estilo propio de un género que debe adecuarse a su finalidad estética. Cualquiera de los géneros puede expresarse por un estilo propio de acuerdo a su finalidad.
Obra artística: Creación cuya finalidad es apelar al sentido estético de quien la contempla.
2.1 Carácter de la obra:
Obra individual: La que es producida por una sola persona natural.
Obra en colaboración: La que es producida conjuntamente, por dos o más personas naturales, cuyos aportes no pueden ser separados. En este evento el ejercicio de los derechos patrimoniales corresponderá a todos los autores, de tal manera que para que uno de ellos utilice la obra, necesitará el consentimiento de todos los demás.
Obra colectiva: La que es producida por un grupo de autores por iniciativa y bajo la orientación de una persona natural o jurídica que la coordina, divulga y publica bajo su nombre. En este caso, la ley presume que esta última detentará los derechos patrimoniales (derechos de explotación de la obra), por lo que deberá especificarse en la casilla 3 del formulario denominada "Transferencias" a quién corresponden los derechos patrimoniales, y acompañar el documento que acredita tal circunstancia. Los autores sólo conservarán las prerrogativas morales.
Obra por encargo: Cuando la obra es creada en desarrollo de un contrato de prestación de servicios, la ley presume que la titularidad de los derechos patrimoniales la tiene el contratante que ha señalado el plan y que asume el costo y responsabilidad de la misma, evento en el cual se deberá diligenciar la casilla del formulario No 3 "transferencias" y allegar el documento que acredite tal situación. El autor solo conserva las prerrogativas morales.
Obra originaria: Aquella que resulta del trabajo intelectual del autor sin basarse en obra preexistente.
Obra derivada: Es aquella obra basada en otra ya existente que resulta de la adaptación, traducción u otra transformación de una obra originaria, siempre que constituya una creación autónoma. En este caso especifique qué clase de obra derivada es: traducción, adaptación, entre otras.
Obra Anónima: Es aquella en donde no se menciona el nombre o seudónimo de autor por voluntad del mismo o por ser ignorado. En este evento la ley atribuye la titularidad de los derechos patrimoniales al editor, sin perjuicio que desde el momento mismo en que el autor revele su identidad puede hacerse acreedor de los mismos.
Obra póstuma: Es aquella que ha sido dada a conocer al público sólo después de la muerte del autor.
Obra seudónima: Es aquella en que el autor se oculta bajo un seudónimo o nombre que no lo identifica. En caso de usarlo, deberá acompañar una declaración de seudónimo efectuada ante notario donde conste que este se halla registrado conforme a las disposiciones relativas al estado civil de las personas, ya que de lo contrario el ejercicio de los derechos patrimoniales corresponderá al editor.
Otras: Indicar si se trata de una antología, compilación de obras o bases de datos, que por la selección o disposición de las materias constituyan creaciones personales. Si se trata de cualquier otra categoría de obra diferente a las relacionadas, favor mencionarla.

TRANSFERENCIAS
Esta casilla sólo se diligencia en el evento de inscribirse un titular de los derechos patrimoniales (de explotación de la obra) diferente al autor, es decir, cuando ha mediado una transmisión de tales derechos, en cuyo caso, se debe indicar su nombre o razón social, aportando el documento mediante el cual adquirió los derechos. Si el documento se allega en fotocopia, ésta deberá ser autenticada. La transmisión debe constar en escritura pública o en documento privado reconocido ante notario (reconocimiento de firma y contenido).

OBSERVACIONES GENERALES
Indicar de forma breve cualquier particularidad sobre la obra

 
DATOS DEL SOLICITANTE
A. Indique el nombre de la persona natural que hace la solicitud, así como su documento de identificación, nacionalidad, dirección, teléfono, correo electrónico, sitio web, fax, ciudad y país. Tenga presente que la petición del registro puede ser hecha por el autor (si este es menor de edad, la solicitud debe ser presentada por uno de los padres, allegando el registro civil de nacimiento), por el editor, o por el titular de los derechos patrimoniales. En los dos últimos casos, si se trata de personas jurídicas deberá adjuntarse la documentación que acredite su existencia y representación legal.
B. Cuando el solicitante actúe como representante de otro, deberá acompañar la prueba de su representación. Para el evento de ser el representado persona jurídica, deberá aportarse adicionalmente, como se indicó en el párrafo anterior, el certificado de existencia y representación legal.


REQUISITOS ADICIONALES
Junto con el formulario, debidamente diligenciado, deberá presentarse:
·                     Para la obra musical: Una copia de la partitura; y de la letra si la tuviere. Debe mencionar el género y ritmo musical al cual pertenece. Por favor tenga presente que si se registra sólo la letra de la composición musical sin allegar la partitura, deberá tramitar el formato de obra literaria. La copia de la obra de estar debidamente identificada con los siguientes datos: título de la obra, nombre del autor (es), ritmo y género y año de creación.
·                     Para la obra artística: Una copia de la obra o acompañar tantas fotografías como sean necesarias para identificarla perfectamente. Adicionalmente, efectuar por escrito en una hoja adicional una descripción completa y detallada de la obra a registrar. Para el registro de obras escénicas (teatrales, pantomímicas, coreográficas, dramáticas o dramático – musicales) deberá allegar un extracto o resumen por escrito de la obra, su duración y una breve descripción del contenido de la misma o un ejemplar de la misma, según el caso.
·                     Los datos mencionados en el ejemplar deben coincidir con la información consignada en el formulario de registro.
Nota: El derecho de autor protege exclusivamente la forma mediante la cual las ideas del autor son descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas a las obras. No son objeto de protección las ideas contenidas en las obras literarias y artísticas, o el contenido ideológico o técnico de las obras científicas, ni su aprovechamiento industrial o comercial (artículo 7 de la Decisión Andina 351 de 1993)

 Duración del trámite
El Trámite de registro tiene un término de duración de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente en que la solicitud fue radicada en nuestras oficinas.

Forma de presentar el ejemplar de las obra musicales
Si usted va a registrar una obra musical, tenga en cuenta las siguientes condiciones de presentación de la obra:
• Cuando el ejemplar de la partitura y de la letra se allegue físicamente (en papel) y este consta de cinco o más páginas, debe allegarse en hojas tamaño carta, debidamente empastado en un sistema de argollado plástico de resorte, o mediante encuadernación, siempre que cualquiera de los dos sistemas garanticen la durabilidad y protección de la obra.
Si el ejemplar de la obra reúne un número menor de 5 hojas, este podrá ser presentado de manera grapada junto con el formulario de registro.
• Cuando el ejemplar de la obra se presente en formato digital, deberá aportarse en formato CD o DVD, debidamente identificado y protegido del deterioro.
Por favor NO allegue el ejemplar de la obra en formato diskette pues este no garantiza la conservación contenida en tales soportes.


PIROTECNIA 

es la iluminacion que se le da a un lugar cerrado o abierto dependiendo al vestuario o a las relaciones de las paredes.








TIPOS DE ILUMINACION:

SEGUN LA LUZ:



Natural: esta iluminación se realiza a partir de luz que proviene del sol, por lo que varía constantemente a causa de la rotación terrestre. En la luz natural la calidad, dirección, intensidad y color no puede ser controlada por el hombre y se ve determinada por las condiciones naturales. Con esta luz resulta más sencillo realizar tomas en exteriores y además, presentan la ventaja de poder complementarse con las luces artificiales.
Artificial: esta iluminación recurre a luz que proviene de objetos como el flash, lámparas o spots. En este caso, la dirección, el color, intensidad y calidad sí pueden ser manipuladas por el fotógrafo o iluminador. Requiere conocimientos técnicos y resulta mucho más costosa que el natural. Además de esto, la luz artificial limita el área en que pueden realizarse fotografías de acuerdo a su alcance.

De acuerdo a la ubicación de la fuente de luz:
Frontal: en esta el objeto se encuentra frente al motivo a fotografiar y a espaldas del fotógrafo. Las imágenes que se obtienen son planas, con escasa textura y con pocos espacios sombreados. Esto se debe a la cercanía que existe entre la toma de imágenes y la dirección en que incide la luz

Lateral: en la iluminación lateral la fuente de luz se ubica al costado del objeto a fotografiar, a 90º de la línea imaginaria que se crea entre la cámara y dicho objeto. Con esta iluminación se obtienen imágenes con un costado altamente iluminado y el otro con una marcada sombra.

Semi-lateral: en este caso, el objeto a fotografiar es iluminado en forma diagonal, es una iluminación intermedia entre la frontal y la lateral, formando un ángulo de 45º en relación a la línea que se produce entre el objeto y la cámara. Éste suele ser el más utilizado porque produce imágenes cuya textura y perspectiva quedan bien marcadas gracias a la sombra oblicua.

Contraluz: en este caso, la fuente de luz se ubica frente al fotógrafo y detrás del objeto a fotografiar, causando un efecto contrario al de la iluminación frontal. Por medio de esta iluminación se logran imágenes con elevado contraste y poco convencionales.

Semi-contraluzcon esta iluminación la luz recae sobre el objeto de manera intermedia a la lateral y el contraluz, conformando un ángulo de 135º. Esta iluminación también logra resaltar la perspectiva y textura, como en el caso de la semi-lateral. Su diferencia radica en que las sombras quedan proyectadas en los primeros planos y los cielos tienden a reproducirse blancos.



Cenital: en esta iluminación la fuente de luz se ubica arriba del objeto a fotografiar. Generalmente no se realiza de manera artificial en estudios, sino para exteriores, utilizando luz natural del mediodía. La imagen que produce presenta zonas con iluminación sumamente clara y sombras verticales muy marcadas.


De contrapicado: en este caso la luz va de abajo hacia arriba y su posición es prácticamente contraria a la cenital. Por medio de la iluminación de contrapicado se invierten las sombras del rostro, por ejemplo, por lo que se generan imágenes muy particulares, ideales para escenas de misterio o terror.    



*Iluminación General:
Es la luz principal que permite ver y desplazarse por un cuarto, sin molestia de sombras o zonas más o menos iluminadas, y que generalmente utiliza un punto de luz por encima del ojo, colgando del techo o en apliques de pared. (También se puede utilizar una garganta en la pared a pocos centímetros del techo, con tubos de luz dirigidos hacia arriba.) Es importante que la iluminación general se pueda encender y apagar desde la entrada de la habitación.

*Iluminación Puntual (o Focal):

Es un tipo de luz más intensa y centrada que tiene por objeto iluminar un área de trabajo o actividad. La mayoría de las veces es un buen complemento de la decoración y acompaña a la luz general. Para zonas de lectura y escritura se utilizan lámparas de pie o mesa. Otros tipos de apliques de pared o luces en techo sobre una guía son útiles para áreas de preparación de comidas y alimentos, áreas de trabajo o hobbies, lugar de afeitado o maquillaje.

MAQUILLAJE 

El maquillaje es la práctica de decorar la piel y otras partes visibles del cuerpo para obtener un buen aspecto.1 También se define como maquillaje todo producto usado para decorar o arreglar rasgos faciales o corporales de una persona; este se compone de diversos elementos con funciones determinadas para cada parte (ojos, labios, etc)2 Recibe su nombre en honor a Venus, la diosa romana del amor.3
En las artes se emplea también para corregir las distorsiones producidas por la iluminación, o para caracterizarse como un determinado personajeteatral.

PARA LAS DANZAS DE ASCENDENCIA AFRICANA


AUNQUE EL COLOR DE LAS SOMBRAS ES LIBRE, TAMBIÉN DEBE CONTRASTAR CON EL VESTUARIO Y EL RITMO DE LA DANZA. LOS RITMOS AFRICANOS SON DE MUCHA ENERGÍA Y ALEGRES Y POR ENDE SON CÁLIDOS.



PARA LAS DANZAS DE ASCENDENCIA ESPAÑOLA

AL SER UNA DANZA QUE DEMUESTRA LA ELEGANCIA, LA PULCRITUD Y LOS PASOS DE SALÓN, -EN SU MAYORÍA-, EL MAQUILLAJE DEBE RESALTAR LO MISMO. PARA ESTE CASO LOS COLORES FRÍOS COMO EL NEGRO Y LOS TONOS TIERRA COMO EL CAFÉ SON LOS QUE MÁS SE UTILIZAN.

PARA ESTOS DOS TIPOS DE MAQUILLAJE, EL RUBOR ES CLAVE, PARA RESALTAR EN EL ESCENARIO LAS FACCIONES DE LOS DANZANTES.



PARA LAS DANZAS INDÍGENAS

LAS FIGURAS GEOMÉTRICAS, LOS TRAZOS GRUESOS, LOS DIBUJOS DE ANIMALES, EL DELINEADOR Y LOS COLORES FUERTES SON CARACTERÍSTICOS DE LAS DANZAS INDÍGENAS, YA QUE REPRESENTAN ELEMENTOS DE LAS DANZAS RITUALES.

TANTO LOS HOMBRES COMO LAS MUJERES LLEVAN ESTE MAQUILLAJE, LA DIFERENCIA ENTRE GÉNEROS RADICA EN LA JERARQUÍA DE LA DANZA Y EN LOS ELEMENTOS TRADICIONALES QUE REPRESENTAN.



MAQUILLAJE DE CARACTERIZACIÓN




Además de minimizar la pérdida de color, el maquillaje ayuda a crear al personaje y contribuye también a su caracterización exterior, adecuado a la apariencia física a las exigencias del guion. Este tipo de maquillaje llega a transformar los rasgos del actor y cambiar completamente su rostro puede ir cambiando desde un leve envejecimiento o rejuvenecimiento, a colocarle una cicatriz inexistente o, en el extremo opuesto, a convertir a una persona en un monstruo, un personaje de ficción, etc.


El maquillaje utilizado por los payasos es uno de los ejemplos más claros de caracterización pudreste.



En el maquillaje de caracterización se utilizan productos cosméticos decorativos y materiales específicos como el alginato, la escayola, el látex o la silicona. El maquillaje debe ser usado de manera adecuada y con productos adecuados de reconocidas marcas, ya que se pueden ocasionar daños a la piel.




MAQUILLAJE FX



Consiste en realizar transformaciones con distintos productos como látex, alginato, escayolas silicona. Para lograr cierta transformación es necesario someterse a horas de proceso de elaboración de este para lograr la máscara pedida. A través de este tipo de maquillaje se puede conseguir envejecer la piel, rejuvenecerla, hacerla parecer herida, quemada, hacer parecer al maquillado un monstruo, un animal, un payaso, infinidades de cosas se pueden lograr con este. Generalmente para hacer este maquillaje se necesita basarse en una imagen, una investigación de la caracterización que se quiera.

Consiste en realizar transformaciones con distintos productos como látex, alginato, escayolas silicona. Para lograr cierta transformación es necesario someterse a horas de proceso de elaboración de este para lograr la máscara pedida. A través de este tipo de maquillaje se puede conseguir envejecer la piel, rejuvenecerla, hacerla parecer herida, quemada, hacer parecer al maquillado un monstruo, un animal, un payaso, infinidades de cosas se pueden lograr con este. Generalmente para hacer este maquillaje se necesita basarse en una imagen, una investigación de la caracterización que se quiera.


MAQUILLAJE ARTÍSTICO




El maquillaje artístico o de fantasía es una forma muy especial de maquillarse, que se utiliza más bien en las fiestas, carnavales o con motivo de alguna ocasión especial, además de utilizarse mucho con los niños. El maquillaje artístico viene de épocas muy antiguas ya que desde hace mucho tiempo existe la posibilidad de maquillarse artísticamente para alguna fiesta o evento. Con el correr de los años, el maquillaje artístico ha ido evolucionando, volviéndose más habitual a partir de las décadas de los 60’s y 70’s. La idea del maquillaje de fantasía, es el uso del rostro como lienzo y soporte material para realizar las obras

En el maquillaje artístico, se pinta sobre todo la cara y se suelen utilizar muchos de los productos cosméticos que se utilizan para el maquillaje convencional. La diferencia es que con el maquillaje artístico, no se busca realzar la belleza de la persona, ni lograr un efecto natural. En este sentido, el maquillaje artístico se aleja mucho del maquillaje convencional.

Muchas veces, lo que se busca con el maquillaje de fantasía es mostrar un rostro que no es el propio, como por ejemplo la cara de un animal o el de algún personaje, aunque otras veces solo se realizan formas artísticas.

En algunos, casos el maquillaje artístico puede abarcar todo el cuerpo, y es mucho más complejo y sofisticado. Este tipo de maquillaje solo lo realizan profesionales, y se utiliza más bien en eventos u ocasiones especiales en las que se pretende realizar algún show o presentación especial. Por otro lado, cuando el maquillaje de fantasía es más simple, menos elaborado, y concentrado en la zona de la cara, se puede utilizar más a menudo y en otras ocasiones como un carnaval, una fiesta de disfraces o una fiesta especial. 
SAN JUANERO TOLIMENSE "EL CONTRABANDISTA
"La coreografía de El Contrabandista, el alma de esta danza, es el resultado de la investigación de Inés Rojas Luna (q.e.p.d), quien recogió diferentes representaciones folclóricas del Tolima. Por ejemplo logró mezclar los rajaleñas que se bailan en el sur del departamento con los bambucos característicos del norte, en municipios como Líbano, Fresno y Villahermosa.

La danza representa estrategias de conquista y el idilio que vivían los campesinos tolimenses en las épocas de antaño. 

Empieza con el coqueteo, pasa por el enamoramiento y termina con el símbolo del matrimonio.

Es una coreografía mestiza en la que se combinan pasos indígenas (movimientos suaves sobre la tierra) con la influencia española (pasos fuertes, donde se levantan los cuerpos). 


En otros tiempos los hombres utilizaban este baile para estar cerca de la mujer a la que amaban y para formalizar el noviazgo en medio de la fiesta".(tomado del periodico "EL TIEMPO")